La Ley Organica de Proteccion de Datos Personales (LOPD 15/99) asi como el Reglamento de Medidas de Seguridad (RD 1720/2007) componen la normativa vigente en materia de Proteccion de Datos Personales en España siendo OBLIGATORIO su cumplimiento para todas las empresa y profesionales que manejen datos personales en cualquier soporte (tanto ficheros informaticos como de papel) de clientes, proveedores, trabajadores, pacientes, alumnos etc.…
Las obligaciones que nos impone dicha normativa son las siguientes:
Identificacion e inscripcion de ficheros que contengan datos personales ante la Agencia Española de Proteccion de Datos www.agpd.es
Elaboracion de documentacion especifica para informar de sus derechos a aquellos a los que solicitamos datos personales en el transcurso de nuestra actividad.
Implantacion de medidas de seguridad para la proteccion de los datos personales recogidos asi como desarrollo del Documento de Medidas de Seguridad que debe estar disponible para la Agencia de Proteccion de Datos.
Mantenimiento y Auditoria obligatoria cada 2 años.
"¿Todo eso esta muy bien, pero cuales son las sanciones por no cumplir la normativa?"
